fbpx
Columnistas

Después del 23 de noviembre de 2015


06.04.2016
Después del 23 de noviembre de 2015

¿Era tan difícil? ¿Por qué en 14 años no se pudo? ¿Escucharon alguna vez el tango Cambalache? ¿No sabían? ¿Por qué no lo hacían? Para mí fue un día muy especial, pero estoy seguro que para el transporte profesional hay un antes y después.

> Por Roberto Regina

uiero explicarles lo que pienso, con lo cual se podrá discrepar o coincidir. Siempre he dicho que si me demuestran con argumentos válidos lo contrario, tengo la marcha atrás nuevita. Me jubilé de transportista con una vida arriba de los camiones, pero eso vamos a dejarlo para atrás, cada uno se pondrá el zarzo que le corresponda. Lo único que digo es que pobre el hombre que olvida su pasado. 

Voy a referirme al nacimiento del Transporte Profesional, pero hay que contar toda la película, con una recesión en el transporte que empezó en 1998, primero en el rubro de hacienda y al que se fueron agregando otros rubros. Empiezan las reuniones, primero en las gremiales, después en CUTA -Confederación Uruguaya Transporte Automotor-, quien estaba integrada por las asociaciones más grandes y no tenía representatividad del interior. 

Comienzan las diferencias y a cobrarse facturas entre personas de las mismas gremiales, recuerdo una en que un señor levanta la mano en una asamblea y muestra un cheque sin fondo de un directivo; se tuvo que pedir un cuarto intermedio.  Con ese clima, el transporte no tenía una representatividad sólida, unos querían al Sr. Placeres, otros no, dentro de la misma AUTHA- de donde él provenía- no tenía apoyo. 

Pasó que las gremiales empezaron a hacer socios a gente de otros rubros y se convierten prácticamente en simples gestorías, aunque hay excepciones, como en todo. Habría que ver si se cumplen los estatutos.

Con esas diferencias dentro de las gremiales, se forma la I.T.P.C (Intergremial Transporte Profesional de Carga) el 8 de diciembre de 2000. Voy a nombrar 3 directivos: Ernesto Toledo, Diego Valverde y Gustavo González. A pedido de I.T.P.C se crea el 21/2/2001 la ley N° 17296 del Transporte Profesional y son dictadas las normas con el decreto 349/001 del 4 setiembre 2001. 

He escuchado a camioneros decir yo no estoy de acuerdo con esto o lo otro, pero cuando le preguntan por qué está de socio de una gremial, te contestan que para que le hagan los trámites en la D.N.T. y los descuentos de seguros.

La Ley del Transporte Profesional era prácticamente casi perfecta, pero sin ninguna duda, y me hago cargo de lo que digo, fue la I.T.P.C. la que se encargó de no hacerla cumplir en todo su contenido, no sé con el apoyo de quién. Cada uno sacará sus conclusiones. 

La guía de carga salió con la ley pero nunca la aplicaron, ésta no decía nada de las aperturas de empresas con camiones mayores a 12 años pero le pidieron al gobierno de turno para que hiciera la resolución ministerial del 28 abril de 2009. 

Hice varias cartas en Transporte Carretero desde 2010 hasta la fecha pero hicieron caso omiso las gremiales, políticos, empresarios, sindicatos, cada uno tendrá sus razones, aunque sería importante escucharlos.

Hace un año y pico un amigo escribía una nota sobre transporte en el interior y se dio cuenta que pensaba parecido a mí, no dudó y enseguida me llamó, me dijo que le gustaría que me comunicara con él y me dio el celular. Hoy somos amigos, estamos bien probados, las maromas se tensaron bien y no reventaron, por supuesto que no lo voy a nombrar, los amigos no se usan, se necesitan, estamos en línea directa, coincidimos y discrepamos pero estamos más o menos al tanto de todo. Una anécdota, un día me preguntó cómo sabía tanto, le presté un archivo, lo único que me dijo es que se lo deje. Este amigo tuvo la amabilidad de invitarme a la fiesta de los 20 años de la gremial que él integra y esa fue la oportunidad de conocernos personalmente.

A raíz de esa reunión, observando las posturas de personas que están en representaciones de transporte, empecé a pensar cuáles han sido los logros alcanzados; no voy aburrirlos con lo que han pedido a los gobiernos, intendencias, entes públicos, etc.

Entonces, la conclusión es que tenemos un Transporte Profesional a medias, con problemas cuando empiezan las zafras, en el que no se sabe cuánto van a cobrar, no se respetan las paramétricas, los camiones no dan y se rompen todos los récord de equipos nuevos -en el último quinquenio-, con 3500 0km de transporte pesado con un valor estimativo de 550 millones de dólares. ¿A quién le creo? 

Como no debo favores a políticos, empresarios, federaciones, pero sí a mi país, resolví presentarme a mi presidente en el Consejo de Ministros realizado en la localidad de Carlos Reyles, departamento de Durazno, y comencé a formar una carpeta con documentos para elevar a magna autoridad, con cálculos bien fundados. Una acotación al margen, solo 3 personas tenemos esa carpeta.

Después de mi intervención, el Sr. Presidente le pregunta al Ministro de Transporte, Sr. Víctor Rossi, si tiene algo para responderme, al cual accede divagando, demostrando liviandad y desconocimiento de la actualidad del transporte profesional, contestando con un mero discurso político. 

Solo hay que ver los gestos del Sr. Presidente, dicen más que las palabras (les recomiendo ver video para atestiguar lo que digo). Mientras hablaba el ministro de Transporte, yo observaba que el 

Sr. Presidente miraba atentamente la carpeta que le había hecho llegar en el acto, y me sorprendió que cuando terminó de hablar el Sr. Rossi, nuestro presidente hace tres reflexiones. Primero dice que por supuesto no la había visto toda, pero que había trabajo, seriedad; segundo, hacer referencia a un estimativo muy bajo de 7.000.000 de dólares de pérdidas en fletes en negro; y tercero, y mirando al Ministro de Trabajo, Sr. Ernesto Murro, le pregunta qué tiene para decir de 17.640.000 dólares de evasión al B.P.S., a lo que la autoridad intenta excusarse en una resolución del Primer Consejo de Ministros realizado en Maldonado en marzo de 2015, explicando que en 8 meses se había fiscalizado en 5 departamentos, encontrándose 15 empresas con irregularidades en un universo de más o menos 6900 empresas. 

Recordemos que esta persona fue varios años director y presidente del B.P.S.

De todo esto saco una pequeña conclusión primaria, material que NO se le entrega a nuestro presidente en manos propias queda durmiendo en los preciosos cajones de los mandos medios, y esto quedó en evidencia con la entrega de la carpeta con basta información que nuestro mandatario desconocía y elogió en dicho acto.

Con todo esto, qué dicen los señores senadores y diputados que integran las respectivas comisiones de transporte, los diputados del interior que conviven con el problema in situ, las cámaras empresariales, industrias frigoríficas, conglomeraciones rurales (todos los nombrados anteriormente son dadores de fletes), las gremiales transportistas y sindicatos inmiscuidos en el tema. Mi pregunta es: ¿qué hacían?

La segunda conclusión es que luego de este Consejo de Ministros, varios días después de haber sido negado en la Cámara de Diputados, se votó la aprobación de los artículos 393 y 394 de la ley Nº 19.355, es decir el Registro de Cargadores con un plazo de 120 días para dictar las normas, y el fortalecimiento del Órgano de Contralor, en Cámara de Senadores.

¡Esto que dije en pocas palabras no se pudo hacer en 14 años! Tampoco me olvido de los Sres. Ferreri (D.G.I.) y Brenta (ministro de Trabajo), ellos también fueron participes, los ignoraron también.

Casualidad que después del Consejo de Ministros del 23 de noviembre de 2015, en el Artículo 393, se define que el Órgano de Control podrá asesorar al Poder Ejecutivo en la definición, coordinación y evaluación de las políticas públicas referidas al transporte de carga, y en lo referente a las condiciones y los requisitos para la inscripción, mantenimiento y ejercicio de las empresas de transporte ante la D.N.T., además de efectuar recomendaciones en cuanto a los requisitos y condiciones para aumentar o disminuir las incorporaciones o sustituir la flota de transporte de carga.

En el Artículo 394 se creó la competencia del Registro Nacional de Cargadores, el que será implementado por la reglamentación correspondiente en el plazo máximo de ciento veinte días.